Arriendos de tierras en la intendencia de Valladolid de Michoacán, 1787-1803

Autor(es): Iván Franco

Resumen: La suspensión de repartimientos en Nueva España, decretada con la Ordenanza de Intendentes de 1786, implicó en ciertas provincias la parálisis temporal de varias actividades económicas vinculadas con importantes ramas de la agricultura y el comercio del virreinato y sus regiones. Una de las más afectadas fue el arriendo de tierras comunitarias “a gente de razón”, actividad cuyo incremento a partir de 1743 representó en Michoacán ingresos adicionales para las limitadas y acosadas arcas o cajas de comunidad de los pueblos indígenas. Esta actividad era para las comunidades una opción adicional para enfrentar su recurrente carencia de recursos, situación que se agravó con las disposiciones de Gálvez por la rebelión de 1766-1767 (con la prohibición de elegir a sus autoridades se había afectado el tributo), y por la crisis agrícola de 1785-1786. Pero fue también la oportunidad para que algunos particulares poderosos e influyentes incrementaran sus ingresos o se hicieran de nuevos bienes, sobre todo propiedades rurales.

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